lunes, 30 de enero de 2012


Sesión 4 Noveno grado

Actividad
Construya un mapa conceptual que de cuenta del contenido "fronteras marítimas de Colombia en el Caribe", o puede también elaborar crucigrama del mismo contenido. 


FRONTERAS MARÍTIMAS DE COLOMBIA  EN EL CARIBE

FRONTERA CON REPÚBLICA DOMINICANA

TRATADO: Acuerdo Liévano Aguirre – Jiménez: Delimitación de Áreas marinas y Cooperación Marítima., firmado en Santo Domingo, el 13 de enero de 1978. y aprobado por el Congreso el mismo año con la Ley 38. Se hizo la ratificación Canjeado los Instrumentos en Bogotá, el 15 de Febrero de 1979.
En el acuerdo se establece una Zona de Investigación Científica y Explotación Pesquera Común, así como también el compromiso de cooperar en lo relacionado con el control, la reducción y la prevención de la contaminación del medio marino. Así mismo se establece la coordinación en las medidas de conservación de las especies que se desplazan más allá de las respectivas zonas marítimas.


FRONTERA CON HAITÍ
TRATADO: Acuerdo Liévano Aguirre – Jiménez: Delimitación de Áreas marinas y Cooperación Marítima., firmado en Santo Domingo, el 13 de enero de 1978. y aprobado por el Congreso el mismo año con la Ley 38. Se hizo la ratificación Canjeado los Instrumentos en Bogotá, el 15 de Febrero de 1979.
En el acuerdo se establece una Zona de Investigación Científica y Explotación Pesquera Común, así como también el compromiso de cooperar en lo relacionado con el control, la reducción y la prevención de la contaminación del medio marino. Así mismo se establece la coordinación en las medidas de conservación de las especies que se desplazan más allá de las respectivas zonas marítimas.

FRONTERA CON JAMAICA
TRATADO: Ramírez Ocampo - López Contreras: Establece las Áreas Marinas y Submarinas. Se firmó en San Andrés, Colombia, el 2 de agosto de 1986. Este tratado aún no ha sido aprobado por los respectivos Congresos de Colombia y Honduras.
La línea limítrofe entre Colombia y Honduras parte del meridiano 82 en su intersección con el paralelo 14 58' 00”. La línea de frontera continúa en dirección Este por el citado meridiano hasta la altura del cayo colombiano de Serranilia, desde donde toma una dirección Norte haciendo un arco de semicírculo para continuar en dirección Este, donde empata con el territorio delimitado en el Tratado entre Colombia y Jamaica.

FRONTERA CON HONDURAS
TRATADO: Ramírez Ocampo - López Contreras: Establece las Áreas Marinas y Submarinas. Se firmó en San Andrés, Colombia, el 2 de agosto de 1986. Este tratado aún no ha sido aprobado por los respectivos Congresos de Colombia y Honduras.
La línea limítrofe entre Colombia y Honduras parte del meridiano 82 en su intersección con el paralelo 14 58' 00”. La línea de frontera continúa en dirección Este por el citado meridiano hasta la altura del cayo colombiano de Serranilia, desde donde toma una dirección Norte haciendo un arco de semicírculo para continuar en dirección Este, donde empata con el territorio delimitado en el Tratado entre Colombia y Jamaica.

FRONTERA CON NICARAGUA
TRATADO: Esguerra-Bárcenas: Se suscribió en Managua, el 24 de marzo de 1928. Fue aprobado por Ley 93 de 1928 y el Canje de Ratificaciones se hizo en Bogotá, el 5 de mayo de 1930.
En este Tratado Colombia reconoce la soberanía y pleno dominio de Nicaragua sobre la Costa de Mosquitos, comprendida entre el Cabo Gracias a Dios y el río San Juan, y sobre las islas Mangle Grande y Mangle Chico, y Nicaragua reconoce la soberanía y pleno dominio de Colombia sobre el Archipiélago de San Andrés, Providencia. Santa Catalina y todas las demás islas, islotes y cayos que hacen parte de dicho Archipiélago.
En el Acta de Canje de Ratificaciones del Tratado Nicaragua declaró que "el Archipiélago de San Andrés y Providencia, que se menciona en la Cláusula Primera del Tratado referido, no se extiende al Occidente del meridiano 82 de Greenwich".
Aunque el Tratado Esguerra-Bárcenas sigue vigente y regido dentro de las normas del Derecho Internacional, concretamente la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, el 2 de febrero de 1980, la Junta Revolucionaria de Reconstrucción Nacional instaurada en Nicaragua, en un hecho sin antecedentes jurídicos en la historia, desconoció la validez del Tratado e inició una reclamación ante Colombia.
Sin embargo, los títulos, el Derecho Internacional y la tradición histórica demuestran la soberanía de Colombia sobre el Archipiélago de San Andrés y Providencia. Soberanía que surge en 1803 de la Real Orden del rey de España, quien con este Acto incorporó al virreinato de Santa Fe las Islas de San Andrés y Providencia y parte de la Costa de Mosquitos.

FRONTERA COSTA RICA
TRATADO Fernández-Facio: Sobre Delimitación de Áreas Marinas y Submarinas y Cooperación Marítima en el Mar Caribe. Se firmo en San José, el 17 de marzo de 1977. Fue aprobado por el Congreso de Colombia por Ley 8 de 1978. El Tratado no ha sido aprobado por la Asamblea Legislativa de Costa Rica.

FRONTERA CON PANAMÁ 
TRATADO Liévano – Boyd: Se firmo en Cartagena, el 20 de noviembre de 1976. Fue aprobado por el Congreso de Colombia por Ley 4 de 1977. Se canjeados los instrumentos de Ratificación en Panamá, el 30 de noviembre de 1977.
En el Tratado se señala como límite entre las respectivas áreas marinas y submarinas de los dos países, la línea media cuyos puntos sean todos equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base desde donde se mide la anchura del mar territorial de cada Estado, desde el punto en que la frontera internacional terrestre llega al mar en el Cabo Tiburón.

DIFERENDO LIMÍTROFE CON VENEZUELA
Esta frontera esta en litigio. El conflicto esta referido a la posesión de los Islotes de los Monjes y la delimitación de áreas marinas sobre el Golfo de Coquibacoa o de Venezuela.
Hasta 1941, cuando se firmó en Bogotá el tratado sobre demarcación de fronteras terrestres, no se había tocado el tema de la delimitación de las áreas marinas y submarinas, concepto que tomo fuerza después de la segunda guerra mundial.
En 1952 por sugerencia de Venezuela, el Canciller colombiano del gobierno de Roberto Urdaneta, Juan Uribe Holguín, entregó mediante una nota los Islotes de los Monjes, olvidando que según el Artículo tercero de nuestra Constitución, los límites de Colombia sólo podrán variarse en virtud de tratados o convenios aprobados por el Congreso.
Lo hecho por Uribe Holguín no fue un tratado ni fue aprobado por el Congreso. A partir de 1954 comenzaron las negociaciones directas entre los dos gobiernos para llegar a un acuerdo sobre la delimitación de áreas marinas y submarinas. En 1958, la primera conferencia de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar, realizada en Ginebra, estableció la “Línea Media” para demarcar las aguas compartidas.
Colombia se acogió a este acuerdo, pero Venezuela no. De hecho con Venezuela no existe tratado de delimitación de áreas marinas y submarinas. De conformidad con el Acta de San Pedro Alejandrino, suscrita por los Presidentes de Colombia Virgilio Barco Vargas y de Venezuela Carlos Andrés Pérez, el 6 de marzo de 1990, uno de los temas a tratar por los Altos Comisionados de Colombia y Venezuela es él referente a la delimitación de Áreas Marinas y Submarinas.

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